Una ley sin desperdicio: el proyecto de ley de despilfarro alimentario

El pasado 7 de junio se aprobó en consejo de Ministros el Proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario y tiene prevista su aprobación a finales de este año. Este texto legal toca un tema muy significativo de nuestra sociedad como es la cuestión de la alimentación y se debate en un momento sensible en el que los grandes expertos y medios de comunicación alertan de la crisis alimentaria en ciernes.

Una oportunidad perdida para cimentar la Economía Circular

Hemos tenido la oportunidad de analizar con diferentes colectivos el documento actual y constatamos con preocupación que no se parece en absoluto al Anteproyecto de ley que se presentó a debate en octubre del 2021. Dista mucho de recoger las buena senda marcada por la ley pionera en esta materia que ha habido en el estado español: la ley catalana. Parece, tras su lectura, que el legislador no tuviera conciencia de la gravedad del problema

¿Por qué debería interesarnos este tema? ¿Qué relación tiene con la economía circular?. Trataremos de dar respuesta a ambas cuestiones en dos artículos. Empecemos.

¿Pérdidas o desperdicio?: Despilfarro alimentario

Vivimos en un mundo que produce alimentos para 12.000 millones de personas. A pesar de ello, más de 2.000 millones sufren carencias graves, llegando a morir, por hambre o consecuencias indirectas, 100.000 personas al día. A la vez, otro tanto de la población sufre por enfermedades derivadas del exceso de alimentos. Y al mismo tiempo tiramos a la basura 1/3 de los alimentos que se producen, según denuncia Despilfarro alimentario.org y el propio Ministerio de Agricultura español. Por tanto, en términos de alimentación, atacar las causas es importantes y no todo está al mismo nivel. Según el Código de Conducta de la FAO en esta materia (aprobado en junio de 2021) se define:

  • Desperdicio de alimentos es la disminución de la cantidad o calidad de los alimentos como resultado de las decisiones y acciones de los proveedores de servicios alimentarios y los consumidores. Es decir, lo que pasa desde la distribución hasta las casas.
  • Pérdida de alimentos todo lo que pasa antes de la fase anterior.

En este proyecto de ley, se ha borrado la palabra despilfarro. Y mucho nos tememos que esto no es casual. En este sistema lineal que agota los recursos del planeta y genera contaminación, el sistema alimentario actual es ineficiente, insano, injusto, insostenible e inmoral. Por eso, no hablar de despilfarro de alimentos, siendo evitable en la mayor parte de las ocasiones, es una gran aberración.

¡Qué oportunidad se están perdiendo de hacer un buen trabajo los expertos de la eficiencia, la mejora continua, el lean manufacturing y las escuelas de organización industrial!

La producción no se toca

Pues bien, una lectura sosegada del proyecto nos descubre que la ley no pretende tocar la fase de producción de alimentos, excluyendo del alcance las retiradas de productos por prevención y gestión de crisis o de regulación de mercado o no permitiendo contemplar el espigueo/rebusca como actuación positiva a impulsar (el espigueo favorece la recuperación, la transformación y concienciación uniendo producción y consumo y ayuda a analizar causas y generar empleo). Mejor que nosotros lo explican los miembros de Espigoladors . En una ley que debería primar la prevención, excluir analizar y combatir las causas del despilfarro en la fase de producción genera muchas dudas.

En la fase intermedia de la cadena también hay despilfarro alimentario

Los redactores del texto parecen tener una obsesión con la seguridad/inocuidad alimentaria y en esta fase han suavizado mucho las exigencias para prevenir el despilfarro (es lo que tiene estar a merced de presiones diferentes lobbies).

  • Como exigencias obligatorias:
    • Tener Planes de prevención de residuos (esto ya aparecía en otras normativas como la Ley de residuos…)
    • Donación sólo para establecimientos y más de 1300 m2 y salvo justificación en contra.
  • Reduce muchas de las exigencias a los operadores, al pasar de obligaciones a ser buenas prácticas voluntarias: infraestructuras, transporte, cadena de frío, formación y concienciación del personal, medición e información anual.
  • No se exige fomentar la venta de productos cercanos a fecha de vencimiento o superada o productos “feos”.
  • No exige un mínimo de ventas a granel.
  • No se exigen en los contratos públicos cláusulas anti despilfarro de alimentos y/o facilitar la donación y/o productos locales y de temporada

El consumidor final apenas se le tiene en cuenta en el texto y cuando lo hace se le cargan con obligaciones más propias de otros eslabones de la cadena.

Una primera conclusión: mucho ruido y pocas nueces

Este proyecto de ley no es exigente, ni plantea actuaciones significativas. Para plantear un manual de buenas prácticas, no es necesaria una ley. El apartado de sanciones se ha suavizado tanto que para aquellos que necesitan «sentir el peso de la justicia» para cambiar, no va a servir para mucho. Una ley consistente, como hemos visto en otros textos normativos anteriores (la ley del tabaco o la de igualdad), puede cambiar mentalidades. Mucho nos tememos que sea una ocasión perdida. También para impulsar la Economía Circular. Pero esa parte, os la explicamos en el siguiente artículo.

PD: si quieres profundizar no dejes de leer este artículo de Manuel Bruscas.

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